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miércoles, 1 de febrero de 2017

El 15 de mayo será festivo en Cáseda

RESOLUCIÓN 161/2017, de 20 de enero, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, por la que se modifican fiestas locales del año 2017.



Mediante la cual se modifica el anexo de la Resolución 1425/2016, de 22 de noviembre, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, por la que se determinan las fiestas locales para el año 2017, con carácter retribuido y no recuperable, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, de forma que el día festivo que figura en el citado anexo para Cáseda pasa a ser el 15 de mayo.

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Ayudas a Empresas para Conectividad Digital

OPORTUNIDADES

RESOLUCIÓN 79E/2017, de 16 de enero, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención “Conectividad Digital de Establecimientos Empresariales 2017”.


El objeto de estas ayudas es la mejora de la conectividad digital de las empresas, mediante su conexión a redes de acceso a Internet de nueva generación (en adelante NGA), para potenciar un uso más intensivo y eficiente de las tecnologías de la información y comunicación (TIC), con la finalidad de incrementar su productividad y competitividad.

Base 2.–Beneficiarias.
1. Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que, en el momento de presentar la solicitud de ayuda, reúnan los siguientes requisitos:
a) Tener un establecimiento radicado en Navarra y estar dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
b) Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra en el caso de que proceda conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra (Boletín Oficial de Navarra número 94, de 20 de mayo de 2013).
c) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

2. Podrán igualmente acceder a la condición de beneficiarias las agrupaciones de empresas que, aun careciendo de personalidad jurídica, cumplan los siguientes requisitos:
a) Estén formadas por, al menos, 3 empresas que reúnan los requisitos del apartado anterior.
b) Todas las empresas agrupadas tengan establecimientos en un mismo polígono de actividad económica.
c) Desarrollen proyectos en los que se resuelva conjuntamente la conexión de varios establecimientos empresariales sitos en un mismo polígono a redes NGA.
d) Nombren a una persona representante o apoderada única con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que le correspondan a la agrupación como beneficiaria.
En estos casos, deberá hacerse constar expresamente en la solicitud de la subvención los compromisos de ejecución asumidos por cada integrante de la agrupación. Asimismo, en la resolución de concesión de la ayuda se señalará el importe de la subvención a aplicar por cada una de las de las empresas integrantes, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias.

3. El cumplimiento de los requisitos de las letras b) y c) del apartado 1 se acreditará por las empresas mediante la “Declaración responsable” cuyo formulario se adjuntará a la solicitud.
La solicitud de la subvención conlleva la autorización al Departamento de Desarrollo Económico para consultar, en el momento en que se dicte la propuesta de resolución de concesión de la ayuda, los siguientes datos para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos:
a) Epígrafe y fecha de alta en el IAE.
b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

4. No podrán ser beneficiarias de estas ayudas:
a) Las empresas de los sectores de la pesca, la acuicultura y la producción primaria de productos agrícolas, que son sectores excluidos del ámbito de aplicación del Reglamento CE 1407/2013 de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de ayudas de mínimis.
b) Las sociedades públicas.

La ayuda máxima es de 8.000 euros por establecimiento
El plazo de solicitud finaliza el 28 de abril.

Más información: http://www.navarra.es/home_es/Actualidad/BON/Boletines/2017/22/Anuncio-1/